RESOLUCIÓN N° 378/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.595 - ROSA ALVARADO DE VERA - LAS MESADAS - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20859, el día 03 de Noviembre de 2020.



SALTA, 27 de Octubre de 2020

RESOLUCIÓN Nº 378

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 243.548/16 - Cpde. 13 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.595 - ROSA ALVARADO DE VERA - LAS MESADAS - CAMPO QUIJANO - DEPARTAMENTO ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 304/19 a la empresa RABUFETTI CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 2.227.143,49 (pesos dos millones doscientos veintisiete mil ciento cuarenta y tres con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2019 (fs. 03/05);

Que a fs. 19, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02, rola Nota de Pedido, mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 22/23, mediante Actuación Nº 17/2020 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 24/25 el Dictamen Nº 58/2020 y a fs. 26 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 27,16 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019;

Que a fs. 28, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 2.710.986,28 (pesos dos millones setecientos diez mil novecientos ochenta y seis con 28/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de abril de 2019 por la suma de $ 2.227.143,49 (pesos dos millones doscientos veintisiete mil ciento cuarenta y tres con 49/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019 por la suma de $ 483.842,79 (pesos cuatrocientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y dos con 79/100);

Que a fs. 32, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 33/37, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 38/39, mediante Dictamen Nº 444/2020, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 40, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículo 40 de la Ley Nº 6.838, artículo 44 de su Decreto Reglamentario Nº 48/96, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.595 - ROSA ALVARADO DE VERA - LAS MESADAS - CAMPO QUIJANO - DEPARTAMENTO ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 304/19, a la contratista RABUFETTI CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 304/19, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 2.710.986,28 (pesos dos millones setecientos diez mil novecientos ochenta y seis con 28/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de abril de 2019 por la suma de $ 2.227.143,49 (pesos dos millones doscientos veintisiete mil ciento cuarenta y tres con 49/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019 por la suma de $ 483.842,79 (pesos cuatrocientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y dos con 79/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista RABUFETTI CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 260.000,00 al Curso de Acción: 071011098803 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 406 - Unidad Geográfica: 147 - Ejercicio: 2019.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que esta Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el ejercicio 2020 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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