RESOLUCIÓN N° 389/23
DEJA SIN EFECTO EL ARTÍCULO 3º DE LA RESOLUCIÓN S.O.P. N° 210/22. OBRA: CONSTRUCCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y ADOQUINADO EN CALLES VARIAS DE PROFESOR SALVADOR MAZZA - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21466, el día 09 de Mayo de 2023.



SALTA, 21 de abril de 2023

RESOLUCIÓN Nº 389

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 180.886/2.020 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 210/22; y,

CONSIDERANDO:

Que a través del mencionado instrumento legal, se declara desierto el proceso selectivo de Adjudicacion Simple Nº 03/22 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y ADOQUINADO EN CALLES VARIAS DE PROFESOR SALVADOR MAZZA - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 28.361.075,65 (pesos veintiocho millones trescientos sesenta y un mil setenta y cinco con 65/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas a llevar adelante una contratación de manera directa para dicha obra, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072;

Que a fs. 173/174 y 177, toman intervención la Coordinación General de la S.O.P. y el Sr. Secretario de Obras Públicas, informando que debiendo efectuarse correcciones al legajo técnico, deberá dejarse sin efecto el llamado efectuado por el mencionado instrumento legal a fin de poder proceder a la elaboración de un nuevo legajo técnico que permita la realización de un nuevo proceso de contratación;

Que a fs. 176, toma intervención el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura;

Que a fs. 178/179, mediante Dictamen Nº 177/23, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para dejar sin efecto el articulo 3º de la resolución de referencia;

Que a fs. 180, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 45/23;

Que tal como lo establece el artículo 37 de la Ley Nº8.072
, “...las entidades mencionadas en el artículo 1 ° podrán dejar sin efecto los procedimientos indicados precedentemente hasta la instancia previa a la adjudicación, sin que ello otorgue derecho a la devolución de los gastos en que hubieren incurrido en la preparación de las ofertas, lucro cesante, ni derecho alguno a los interesados.’’;

Que atento a las disposiciones contenidas por el artículo 37 de la Ley Nº 8.072 y artículo 7 del Decreto Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto el Artículo 3º de la Resolución S.O.P. Nº 210/22, por la cual se autoriza a la Direccion de Obras Municipales a realizar los trámites para contratar de manera directa la obra: “CONSTRUCCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y ADOQUINADO EN CALLES VARIAS DE PROFESOR SALVADOR MAZZA - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, ultimo párrafo de la Ley 8.072, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Remitir copia de la presente al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, para su conocimiento.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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