SALTA, 5 de Junio de 2019
RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 389 D
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
>Expediente N° 20031-111716/2019-0
VISTO la Decisión Administrativa N° 427/2019; y,
CONSIDERANDO:
> Que por conducto de la mencionada decisión se aprobó la adenda al contrato de servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el señor Pablo Horacio Acosta;
Que en la Cláusula Primera de la citada adenda se consignó erróneamente la fecha de vigencia del contrato, por lo que debe dictarse el correspondiente instrumento legal de rectificación;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley N° 5.348 y el artículo 1° del Decreto N° 41/1995 y modificatorios,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dejar establecido que el período acordado en la Cláusula Primera de la adenda, suscripta entre el Gobierno de la Provincia de Salta y el señor Pablo Horacio Acosta, D.N.I. Nº 22.470.125 y aprobada oportunamente por la Decisión Administrativa N° 427/2019, es entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2019.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Simón Padrós