RESOLUCIÓN N° 38D/22
DA POR EXTINGUIDA RELACIÓN DE EMPLEO. SR. PEDRO FEDERICO ARAYA.

Publicado en el Boletín N° 21166, el día 04 de Febrero de 2022.



SALTA, 2 de Febrero de 2022

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 38 D

MINISTERIO DE PRODUCCION Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 136-160002/2021

VISTO las presentes actuaciones por las cuales se informa que el Sr. PEDRO FEDERICO ARAYA, D.N.I. Nº 8.620.800, personal dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, cumplimentó los requisitos para acceder al Beneficio Jubilatorio de acuerdo a lo establecido en el Art. 8, inciso f, de la Ley Nº 5.546, según modificación introducida por el Art. 15 de la Ley Nº 8.064 y por lo establecido en Memorándum 03/18, Punto II, Inc. b;

CONSIDERANDO:

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo (fs. 06 y 20);

Que el agente incumplió con la presentación del Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso;

Que en la intervención que le compete, la Subsecretaría de Personal a través de su Departamento Jurídico, aconseja se declare la extinción de la relación de empleo;

Por ello,

EL MINISTRO DE PRODUCCION Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por extinguida la relación de empleo del Sr. PEDRO FEDERICO ARAYA, D.N.I. Nº 8.620.800, con encuadre legal en el Art. 8, inciso f de la Ley Nº 5.546, según modificación introducida por el Art. 15 de la Ley Nº 8.064 y por lo establecido en Memorándum Nº 03/18, Punto II, Inc. b, a partir de la fecha de su notificación, en el Cargo: Técnico Intermedio - Agrupamiento: Técnico - Subgrupo 2 -Función Jerárquica III - Nº de Orden 29 del Decreto Nº 806/13, dependiente de la Unidad de Desarrollo Rural de la Dirección General de Pequeños Productores -Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el Sr. ARAYA, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De los Ríos Plaza





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