DECISIÓN ADMINISTRATIVA N° 375/22
APRUEBA CONTRATOS DE SERVICIOS. SR. CESAR DANIEL HERRERA Y OTROS.

Publicado en el Boletín N° 21231, el día 13 de Mayo de 2022



SALTA, 6 de Mayo de 2022

DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 375

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 1090230-205498/2021-0 y agregados. -

VISTO
los Contratos de servicios suscriptos entre el Sr. Comisionado de la Unidad Ejecutora Provincial del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP IV) Ing. Sergio Darío Camacho y los Sres. Cesar Daniel Herrera, DNl Nº 37.601.339; Eliana Laura Regales, DNl Nº 27.183.671; Santiago Jorge Mirés, DNl Nº 28.996.994; Julio Ernesto Lobos, DNl Nº 37.601.365; Guillermo Soraire, DNl Nº 25.069.287; Justa Edith Herrera, DNl Nº 45.433.976 y Mercedes Susana Ávila, DNl Nº 21.323.763, para desempeñarse como técnicos agropecuarios que llevarán adelante la capacitación y la asistencia técnica necesaria para la ejecución del Proyecto Productivo Sustentable en ex lotes 55 y 14 - Zona Norte II etapa I - Provincia de Salta, en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP IV); y,

CONSIDERANDO:

Que el PROSAP IV financiado parcialmente con recursos provenientes del Contrato de Préstamo BID Nº 3806/OC-AR, suscripto entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se ejecuta a través de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especial (DIPROSE) del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación, e implementa, a nivel provincial y nacional, proyectos de inversión pública social y ambientalmente sustentables, incrementando la cobertura y la calidad de la infraestructura rural y de los servicios agroalimentarios;

Que el Programa tiene como objetivo general desarrollar las economías regionales y contribuir a mejorar la competitividad del sector agroindustrial, con especial atención a los pequeños y medianos productores y emprendedores, mediante inversiones estratégicas en el sector que posibiliten el aumento de la productividad, la mejora de la calidad y el acceso a nuevos mercados, con un enfoque de fortalecimiento de la resiliencia al cambio climático;

Que por medio del Decreto Nº 1109/21 del Sr. Gobernador de la Provincia se aprobó el Convenio Específico para la ejecución del Proyecto “Desarrollo Productivo Sustentable en ex Lotes Fiscales 55 y 14, Norte 2 - Etapa 1”, celebrado entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Salta;

Que conforme lo establece la cláusula primera del citado convenio el Gobierno Nacional asignará a la Provincia en carácter de Aporte No Reembolsable, una parte de los recursos del Préstamo BID Nº 3806/0C/AR, que asciende hasta la suma en Pesos equivalentes a Dólares estadounidenses un millón seiscientos cuarenta y tres mil setecientos quince con diez centavos (U$S 1.643.715,10), a ser aplicada a la ejecución del Proyecto “Desarrollo Productivo Sustentable en ex lotes Fiscales 55 y 14. Zona Norte 2 -Etapa 1;

Que de acuerdo a lo acordado en la cláusula quinta del convenio específico el Proyecto será ejecutado por la Provincia a través de una estructura ad-hoc donde la Unidad de Adquisiciones, Administrativa y Financiera (UAAF) estará a cargo de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que a su vez por Decreto Nº 752/2020 de fecha 11/11/2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros, se modificó la denominación Secretaria de Planificación Financiera dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación a la Subsecretaría de Financiamiento;

Que el presente procedimiento de contratación se encuentra excluido del régimen de la Ley Nº 8.072 -Sistema de Contrataciones de la Provincia-, de acuerdo a lo establecido en su Art. 3, inc. c) que prevé que quedan excluidos de la aplicación de sus disposiciones los contratos y negocios jurídicos que se celebren con Estados Extranjeros, con entidades de derecho público internacional, con instituciones multilaterales de crédito, los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismos..”;

Que la Cláusula 4.03 del Contrato de Préstamo, Estipulaciones Especiales, establece que la Adquisición de Bienes y Obras se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones establecidas en el Documento GN-2349-9
“Políticas para la adquisición de bienes y obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”;

Que obran invitaciones a participar del concurso de antecedentes remitidas a terna de profesionales, así como también los correspondientes Currículums Vitae presentados y demás documentación solicitada;

Que se encuentra agregadas las planillas de clasificación de los consultores individuales, con el detalle de la puntuación de cada uno de ellos;

Que por Nota Nº IF-2021-122819564-APN-DEYGO#MARGYP de fecha 17/12/2021 se otorgó la no objeción a los procesos de selección realizados;

Que las actuaciones cuentan con la debida autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas de acuerdo a la normativa vigente;

Que se encuentra agregada la imputación definitiva del gasto dejando constancia que será afrontado en un cien por ciento (100%) con fondos no reintegrables del Programa, por lo que no representa erogación alguna para el erario provincial;

Que a fs. 235 se encuentra agregado el informe de incompatibilidad para contratar de la Dirección General de Organización de la Secretaría General de la Gobernación;

Que en consecuencia, en fecha 28/02/2022 el Sr. Comisionado de la Unidad Ejecutora Provincial del PROSAP Ing. Sergio Darío Camacho suscribió los contratos correspondientes con los consultores individuales, todos ellos por el término de 10 (diez) meses corridos, contados a partir del 01 de Enero de 2022 finalizando el 31 de Octubre de 2022;

Que ha tomado intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura en el control de su competencia;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Por ello, con arreglo a lo dispuesto en el art. 13 de la Ley Nº 8.171 y su modificatoria Ley Nº 8274, lo establecido por el Decreto Nº 13/19 y por el art. 1 inc. b de la Resolución Nº 16/21;

EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar los Contratos de servicios suscriptos entre el Sr. Comisionado de la Unidad Ejecutora Provincial del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales, Ing. Sergio Darío Camacho y los Sres. CESAR DANIEL HERRERA, DNI Nº 37.601.339; ELIANA LAURA REGALES, DNI Nº 27.183.671; SANTIAGO JORGE MIRÉS, DNI Nº 28.996.994; JULIAN ERNESTO LOBOS, DNI Nº 37.601.365; GUILLERMO SORARIRE, DNI Nº 25.069.287; JUSTA EDITH HERRERA, DNI Nº 45.433.976 y MERCEDES SUSANA ÁVILA, DNI Nº 21.323.763, para llevar adelante la capacitación y asistencia técnica para la ejecución del Proyecto Productivo Sustentable en ex lotes 55 y 14-Zona Norte II Etapa I- Provincia de Salta, que como Anexo forman parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse en la siguiente partida presupuestaria: 100% al Curso de Acción 551009000400, Cuentas 413411.1000, 413711.1000, Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Demitrópulos - Dib Ashur



VER ANEXO




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