DECRETO N° 235/22
OTORGA EN CALIDAD DE COMODATO A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN LORENZO, UNA FRACCIÓN DEL INMUEBLE DE MAYOR EXTENSIÓN. MATRÍCULA Nº 164.768 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DEL CUARTEL CENTRAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS.

Publicado en el Boletín N° 21210, el día 12 de Abril de 2022.



SALTA, 7 de Abril de 2022

DECRETO Nº 235

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 395-238517/2019-0

>VISTO la solicitud efectuada por la Asociación Civil de Bomberos Voluntarios de San Lorenzo; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada Asociación solicita en comodato una fracción de 1410,79 m2 del inmueble de mayor extensión identificado con Matricula Nº 164.768 del Departamento Capital, cuyo titular es la Provincia de Salta;

Que el objeto del comodato solicitado es la utilización del inmueble, exclusivamente para la construcción y funcionamiento del Cuartel Central de Bomberos Voluntarios del Municipio de San Lorenzo;

Que la Ley Provincial Nº 7037, reconoce en su artículo 2º "la calidad de servicio público”, a las actividades desarrolladas por las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia, por lo cual, el Estado debe propender al desarrollo y fortalecimiento de las mismas;

Que la Secretaría de Tierra y Bienes del Estado en ejercicio de las competencias asignadas por Decreto Nº 1407/2006, sugirió hacer lugar al comodato pretendido por un plazo de cinco (5) años, por existir razones de interés público y social;

Que resulta necesario señalar que, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 1372/2005 y por el artículo 1539 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Provincia podrá requerir, por cuestiones de oportunidad, mérito o conveniencia, la restitución anticipada de la fracción del inmueble objeto del comodato, sin derecho a reclamo o resarcimiento alguno;

Que la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura tomó la intervención de su competencia;

Que de conformidad a lo establecido por Decreto Nº 7655/1972, su modificatorio Decreto Nº 1372/2005 y Decreto Nº 3149/2010, corresponde el dictado del presente instrumento;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase en calidad de comodato a favor de la Asociación Civil de Bomberos Voluntarios de San Lorenzo, Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 323/2019 de la Subsecretaría de Inspección General de Personas Jurídicas, por un plazo de cinco (5) años, una fracción de 1.410,79 m2 del inmueble de mayor extensión identificado con Matricula Nº 164.768 del Departamento Capital, cuyo titular es la Provincia de Salta, el cual será destinado al funcionamiento del Cuartel Central de Bomberos Voluntarios del Municipio de San Lorenzo, conforme croquis que como Anexo forma parte del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase al señor Secretario de Tierra y Bienes del Estado a suscribir el respectivo contrato de comodato.

ARTÍCULO 3º.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, a la Contaduría General de la Provincia para su registró, y a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, para su registro y control.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Infraestructura y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Camacho - López Morillo



VER ANEXO


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