RESOLUCIÓN N° 978/22
APRUEBA REGLAMENTO DE ASCENSOS JERÁRQUICOS PARA LA COBERTURA PROVISORIA DE CARGOS DE DIRECTIVOS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEPENDIENTES DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE EDUCACIÓN INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA Y SUS MODALIDADES. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN Nº 5.130/2011.

Publicado en el Boletín N° 21359, el día 24 de Noviembre de 2022.



SALTA, 15 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN Nº 978

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE Nº 0120148-215425/2022-0

VISTO la Resolución Nº 5.130/2011 de esta Cartera Educativa que aprueba el Reglamento de Ascensos Provisorios para la cobertura de los cargos de Director/a y Vicedirector/a en los Establecimientos Educativos dependientes de las Direcciones de Nivel Inicial, Primario, Secundario y Técnico; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mencionado instrumento legal se reglamentaba la cobertura provisoria de cargos directivos hasta el correspondiente llamado a concurso;

Que resulta oportuno actualizar y unificar criterios para garantizar la continuidad del servicio educativo en los establecimientos que requiere la cobertura inmediata de los cargos directivos en forma transitoria a fin de evitar acefalías;

Que tomaron intervención los órganos técnicos competentes de las Direcciones Generales de Educación Inicial, Primaria, Secundaria, Técnica y Formación Profesional y Jóvenes y Adultos, la Secretaría de Gestión Educativa y la Dirección de Asuntos Jurídicos;

Que el presente reglamento fue trabajado con distintos sectores docentes;

Por ello, en ejercicio de las facultades establecidas por la Ley Nº 7.546 y el artículo 22 de la Ley Nº 8.171;

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Reglamento de Ascensos Jerárquicos para la cobertura provisoria de cargos directivos de establecimientos dependientes de las Direcciones Generales de Educación Inicial, Educación Primaria y sus Modalidades y de Educación Secundaria y sus Modalidades, que como Anexo forma parte de la presente, en mérito a los considerandos expuestos.

ARTICULO .-Dejar sin efecto la Resolución Nº 5.130/2011, así como toda otra norma que se oponga a la presente.

ARTÍCULO 3º.- Girar copia de la presente a las Direcciones Generales de Nivel a de comunicar el alcance de la misma a los Establecimientos Educativos.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial, insertar en el Libro de Resoluciones y archivar.



Cánepa



VER ANEXO



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