RESOLUCIÓN N° 223/23
APRUEBA CUADRO MODIFICATORIO Y COMPENSATORIO Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS REGISTRO CIVIL - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21434, el día 20 de Marzo de 2023.



SALTA, 7 de Marzo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 223

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 52 - 23.544/22 - Cpde. 20 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita la aprobación del Cuadro Modificatorio Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS REGISTRO CIVIL - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 640/22 (fs. 102/104) a la empresa INSECA S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 10.576.342,28 (pesos diez millones quinientos setenta y seis mil trescientos cuarenta y dos con 28/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2022;

Que a fs. 01, la Inspección de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P. eleva a consideración de la superioridad un cuadro modificatorio y compensatorio de la obra de referencia, manifestando los motivos que dieran lugar al mismo y la variabilidad del monto del contrato, surgido del balance económico entre economías y demasías (fs. 02/72);

Que el cuadro modificatorio surge como consecuencia del requerimiento efectuado por la Subsecretaría del Registro Civil, la cual informó que no se podía intervenir la Sala de Matrimonios 2 y el Área de Informática - en la cual se preveía la ejecución de algunos ítems de obra - y solicitó la colocación de nuevos solados y la impermeabilización de toda la cubierta del sector a intervenir;

Que a fs. 74, rola el informe Técnico Ambiental interno Nº 206/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 88, mediante Actuación Nº 305/22, rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 89/90 el Dictamen Nº 33/22 y a fs. 91 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que el Cuadro Modificatorio y Compensatorio arroja una demasía de obra que asciende a la suma de $ 2.664.837,41 (pesos dos millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y siete con 41/100), cifra que representa una variación equivalente al 25,20 % del monto contractual básico;

Que a fs. 92, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto N° 572/06, manifiesta que el Cuadro Modificatorio y Compensatorio arroja un Adicional de Obra N° 1 que asciende a la suma de $ 2.664.837,41 (pesos dos millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y siete con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, contando con la conformidad de la contratista;

Que a fs. 93, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 96/98, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención que les compete en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 212/12 y del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 99/100, mediante Dictamen Nº 164/23, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaria de Obras Púbicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del cuadro modificatorio y compensatorio respectivo;

Que a fs. 101, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete, mediante Informe Nº 09/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley Nº 8.072 y los artículos 67 y 5, pto. B) inc. 7) de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRA PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Cuadro Modificatorio y Compensatorio Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS REGISTRO CIVIL - SALTA - CAPITAL”, que ejecuta la empresa INSECA S.R.L., del cual surge una demasía de obra que asciende a la suma de $ 2.664.837,41 (pesos dos millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y siete con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, a ejecutarse por el sistema de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos y Curva de Inversión de las tareas adicionales que rolan a fs. 105/106 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista INSECA S.R.L., por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005006501 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 478 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente



VER ANEXO



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